Convocatoria estímjulos Departamentales

Convocatoria Estímulos Departamentales 2025

Convocatoria estímjulos Departamentales

La Secretaria de Cultura y Turismo del Tolima, considerando:

Que el artículo 71 de la Constitución Política de Colombia establece la obligación del Estado de otorgar estímulos a personas e instituciones que desarrollen y fomenten la cultura, en los siguientes términos:

 “Artículo 71: La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades”.

 El artículo referido establece el marco general constitucional que posibilita al Estado la creación de programas con el objeto de incentivar y estimular las actividades desarrolladas por personas e instituciones del sector cultural.

En el mismo sentido, la Ley 397 de 1997 (Ley General de Cultura) ha desarrollado el mandato superior contenido en el artículo 71 de la Constitución Política, en los siguientes términos:

“Artículo 17: Del fomento. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.

Artículo 18: De los estímulos. El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo en cada una de las siguientes expresiones culturales: a. Artes plásticas; b. Artes musicales; c. Artes escénicas; d. Expresiones culturales tradicionales, tales como el folclor, las artesanías, la narrativa popular y la memoria cultural de las diversas regiones y comunidades del país; e. Artes audiovisuales; f. Artes literarias; g. Museos, museología y museografía; h. Historia; i. Antropología; j. Filosofía; k. Arqueología; l. Patrimonio; m. Dramaturgia; n. Crítica; ñ. Y otras que surjan de la evolución sociocultural, previo concepto del Ministerio de Cultura” (subrayado y negrilla fuera de texto). Es así como la anterior normatividad otorga competencia al Ministerio de Cultura, para otorgar estímulos especiales al sector cultural.           

Que dentro de las metas del plan de desarrollo del departamento del Tolima “Con Seguridad en el Territorio”, se encuentra la meta: EP1S33MP15 400 incentivos entregados a través del Portafolio de estímulos que apoye dinámicas artísticas y culturales y programa de Incentivos económicos para artistas, creadores y gestores culturales

Que para lograr lo anterior, se ha definido presentar un Plan de Estímulos el cual pretende cubrir las manifestaciones culturales de mayor incidencia en el Departamento en donde se remarquen las posibilidades para sentir a través del arte.

Que para la evaluación de las propuestas La Dirección de Cultura Departamental del Tolima conformará un jurado calificador, encargado de realizar la valoración de las propuestas presentadas partiendo de los criterios de evaluación establecidos.

Que el proceso de selección quedará consignado en un acta y posteriormente, La Dirección de Cultura Departamental del Tolima acogerá la recomendación del comité de selección mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.

https://observatorio.culturatolima.gov.co/

Enlace registro al Observatorio Cultural

https://estimulos.culturatolima.gov.co/inscripcion/

Realizar proceso de inscripción

pdf

Bases Portafolio de Estímulos

Word

Formato Plan de Estímulos

Excel

Formulario Plan de Estímulos

Word

Ficha Técnica del Proyecto